Se encuentran obligados a presentar ante este AFIP la declaración jurada de Ganancias y Bienes Personales:
Impuesto a las Ganancias
- Declaración jurada determinativa del impuesto: quienes se encuentren inscriptos en el respectivo gravamen, aun cuando no se determine materia imponible sujeta a impuesto por el respectivo período fiscal y aquellos que les corresponda la liquidación del impuesto por darse los presupuestos de gravabilidad que las normas establecen, aun cuando no hubieran solicitado el alta con anterioridad al vencimiento fijado para cumplir con la respectiva obligación de determinación e ingreso. Igual obligación rige para los administradores de las sucesiones indivisas por las ganancias obtenidas por las mismas.
- IMPORTANTE: Es OBLIGATORIO para todos los empleados en relación de dependencia, jubilados y quienes tengan más de un empleo presentar el Formulario 572 web, en caso de corresponder.
Impuesto sobre los Bienes Personales:
- Declaración jurada determinativa: quienes estén inscriptos en el impuesto y aquellos ciudadanos cuyos bienes superen:
- Para el período 2016 $ 800.000
- Para el período 2017 $ 950.000
- Para el período 2018 $1.050.000
- ACLARACIÓN:
- ACLARACIÓN: Cuando se esté obligado únicamente a la presentación de la declaración jurada informativa del Impuesto a los Bienes Personales y/o Ganancias, no corresponderá la inscripción en los mencionados impuestos.
Fuente: AFIP
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