Impuesto al cheque: eximen a las operaciones de transferencia de inmuebles
Mediante el decreto 463/2018, el Gobierno establece que estarán exentos del impuesto al cheque los débitos y/o créditos en cuenta corriente aplicados u originados en las transferencias de dominio a título oneroso de inmuebles.
Se entiende por tales la suscripción del boleto de compraventa o documento equivalente, que otorgue posesión del inmueble y cualquier acto por el que se transmita su titularidad, situados en el país, siempre que el o los titulares de la cuenta sean sujetos residentes en el país y que el bien sea debidamente identificado.
Fuente: IProfesional
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