8 de febrero de 2017

Ingresos Brutos Santa Fe. Régimen Simplificado.


El Régimen Simplificado es una nueva modalidad de cumplimiento tributario del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que beneficia a los pequeños contribuyentes, agilizando el trámite y bajando los impuestos, aprobada en diciembre de 2016 a través de la Ley 13617, por iniciativa del gobierno de la provincia de Santa Fe.

Esta nueva manera de tributar, facilita y agiliza la determinación y el pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a personas físicas, sucesiones indivisas y sociedades de hecho que tengan hasta tres socios, y que cumplan con las siguientes condiciones:
  • Facturación menor o igual a 1.000.000 de pesos en 2016.
  • No ser contribuyente de Convenio Multilateral, ni comerciante mayorista.
  • No ser importador de bienes y servicios, y desarrollar una actividad que no esté alcanzada por alícuotas y bases imponibles especiales.
Beneficios para los contribuyentes
El Régimen Simplificado facilita la determinación y el ingreso de las obligaciones fiscales y agiliza los trámites permitiendo que la adhesión se realice con CUIT y Clave Fiscal a través del sitio web de la AFIP, y reemplazando las boletas en papel por una chequera de pago.
Categorías de régimen simplificado
Los contribuyentes abonarán según las siguientes categorías:
Categoría
Ingresos brutos anuales
Pago mensual
Pago anual
I
Hasta $ 100.000
$ 150
$ 1.500
II
Desde $ 100.001 hasta $ 200.000
$ 300
$ 3.000
III
Desde $ 200.001 hasta $ 300.000
$ 600
$ 6.000
IV
Desde $ 300.001 hasta $ 400.000
$ 850
$ 8.500
V
Desde $ 400.001 hasta $ 500.000
$ 1.100
$ 11.000
VI
Desde $ 500.001 hasta $ 650.000
$ 1.400
$ 14.000
VII
Desde $ 650.001 hasta $ 800.000
$ 1.800
$ 18.000
VIII
Desde $ 800.001 hasta $ 1.000.000
$ 2.200
$ 22.000

¿Cómo me categorizo?
La categorización se realiza una vez al año. Para la categorización en el régimen hay que considerar los ingresos brutos totales generados en los últimos 12 meses calendarios anteriores a la categorización. Deberán considerarse a tal efecto los ingresos gravados, no gravados y exentos. En caso de haber iniciado actividad con posterioridad a diciembre de 2015, deberá anualizar los ingresos brutos. Para los casos de inicio de actividad, deberá categorizarse en base a una estimación razonable de sus ingresos.
¿Cuándo me adhiero?
Para los contribuyentes que están obligados a ingresar al Régimen Simplificado, la adhesión podrá realizarse a partir del 16 de enero de 2017. En caso de inicio de actividad con posterioridad a esa fecha, la adhesión será obligatoria luego de la inscripción correspondiente.Acceda al paso a paso para usar la aplicación haciendo clicaquí.
¿Cómo pago?
Podrá optar en pagar de contado el año completo, hasta el vencimiento del primer anticipo, obteniendo un descuento equivalente al valor de dos cuotas/anticipos mensuales; o podrá pagarlo mensualmente en la fecha de vencimiento de cada anticipo. En el momento de la adhesión podrá imprimir la chequera con los 12 comprobantes de pago, contando además con la opción de reimprimir.


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