19 de septiembre de 2016

Cuadro Resumen D.R. 895/2016. Ley 27260 Sinceramiento Fiscal. Blanqueo. AFIP


El día 21/08/2016 se publicó en el Boletín Oficial el D.R. 895/2016 del P.E.N. respecto al Libro II de la ley 27.260 . Link al texto completo del B.O. Decreto 895/2016.

Cuadro Resumen D.R. 895/2016
TEMADISPOSICION D.R.
  
Art. 38 Ley 27.260 - Bienes a registrados a nombre del cónyuge
o parientes ( ver lista ) que el declarante decida
exteriorizar bajo su C.U.I.T.

1. Se exime del requisito de la residencia al
cónyuge y parientes
2. Las transferencias serán no onerosas, no generarán
gravémenes, ni obligación de informar a AFIP.
   
Expresión "Unica Vez " del art. 39 Ley, incorporación al
patrimonio del declarante de los bienes



1. Expresión "Unica vez" se refiere al proceso de
exteriorización de activos del declarante.
2. Los activos deberán ser declarados en sus dj
impositivas posteriores .
3. Valuación : el valor de incorporación de los
Bienes al patrimonio es el dispuesto por el art. 40
ley 27.260 . Moneda extranjera a la fecha de exteriozación,
 Inmuebles: a Valor de Plaza.
  
Impuesto sobre los Débitos y Créditos
Bancarios o Impuesto al Cheque
( ley 25.413)

BONOS art. 42 inc a) apartado 1 y 2
Su suscripción implica no abonar el impuesto especial al blanqueo


1. Se exime de este impuesto a toda la operatoria
que se realice sobre cuentas o transacciones
utilizadas para el blanqueo. "cuentas especiales
ley 27.260 " Creadas por Com "A" 6022 BCRA
1. Serán No Negociables e Intransferibles
art 42 inc. a) ap 1 - por 3 años cupón:0%-BONAR2019
art 42 inc. a) ap 2 - por 4 años cupón:1%BONAR2023

2. Bono art. 42 inc. a) ap 2 - Bono Mágico
Exime del Impuesto por el valor suscripto más
dos veces su valor ( multiplicar por tres )
  
Bienes no declarados - Definición
Aquellos NO INCORPORADOS por el Contribuyente
a sus Declaraciones Juradas Impositivas
  
Blanqueo o Moratoria ? Art. 52 Ley
No se podrá rectificar con fecha posterior al 31 de mayo de 2016 incorporando bienes
y accediendo a la Moratoria.
La incorporación de bienes mediante
rectificativas se hará mediante Blanqueo. art. 17 D.R.
  
Liberación art. 46 ley 27.260
Incluye procesos administrativos , judiciales en curso en el ámbito penal tributario, aduanero y penal cambiario. Deberá mediar petición de parte a/ Juzgado.arts 13 y 14 D.R.
  
Detección de Diferencias que hacen decaer el
Blanqueo - Límite
1% del los Bienes exteriorizados o $ 305.000 
, el mayor
art. 16 D.R.
Principio de la Bagatela
1. Si detecta bienes no declarados superiores al límite , decaen los beneficios del blanqueo y sedeterminarán de oficio los impuestos sobre los bienes detectados, más intereses y multas.

2. Si la diferencia detectada no supera ese límite ,
no decaen los beneficios del blanqueo, pero se
determinarán de oficio los impuestos sobre los
bienes detectados , más intereses y multas
  







Fuente: BlanqueoAFIP

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