A la habitual recategorización cuatrimestral y al cumplimiento del régimen de información para las categorías más altas se le suma la obligación de informar las facturas impresas que no fueron utilizadas y la presentación de una nueva declaración jurada de salud.
bien enero siempre fue un mes cargado de obligaciones para los monotributistas, parece ser que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) decidió que las vacaciones de los contribuyentes inscriptos en el régimen simplificado no sean tan sencillas.
Esto es así, ya que a la habitual recategorización cuatrimestral y al cumplimiento del régimen de información para las categorías más altas se le suma la obligación de informar las facturas impresas que no fueron utilizadas y la presentación de una nueva declaración jurada de salud.
En detalle, a fin de este mes vence el plazo para gestionar la correspondienterecategorización cuatrimestral. El trámite consiste en actualizar la situación tributaria y el pago mensual respectivo en base a los ingresos brutos obtenidos, la superficie afectada a la actividad realizada, la energía eléctrica consumida y los alquileres devengados durante el año pasado.
Al mismo tiempo, los monotributistas que se ubiquen en la categoría F o superior deben informar la energía eléctrica consumida y los alquileres cancelados durante el último cuatrimestre (septiembre a diciembre del año pasado).
A estos dos tradicionales requerimientos, en primer lugar se le suma una nueva obligación que viene de la mano de la implementación -desde este año- del Código de Autorización de Impresión (CAI) para las facturas de los monotributistas.
A fin de facilitar el procedimiento, la AFIP estableció un nuevo mecanismo online a respetar por parte de aquellos pequeños contribuyentes que ya tenían facturas impresas antes del 1 de noviembre pasado y quieren seguir utilizándolas.
Es decir que quienes todavía conserven los viejos talonarios podrán utilizarlos hasta que se les acaben. Para ello, deben comunicar al fisco nacional los datos de estas facturas a través de un régimen de información web que ya se encuentra en pleno funcionamiento.
Y como frutilla del postre, a fin del año pasado el organismo a cargo de Ricardo Echegaray estableció que los monotributistas deben informar la conformación de su grupo familiar y, complementariamente, notificarse de presentar la declaración jurada de Salud.
Para la incorporación del monotributista al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) es obligatoria la presentación de una declaración jurada de salud ante la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), a los fines de determinar si padece alguna incapacidad al momento de su afiliación.
En tal sentido, al momento de realizar la adhesión, el sistema web de la AFIP solicitará, en caso de poseer, la declaración de los datos de los integrantes del grupo familiar primario,debiendo indicarse su adhesión o no, a la obra social seleccionada por el monotributista.
Recategorización y régimen de informaciónA fin de mes cierra el plazo para gestionar la correspondiente recategorización cuatrimestral. El trámite consiste en actualizar la situación tributaria y el pago mensual respectivo en base a los ingresos brutos obtenidos, la superficie afectada a la actividad realizada, la energía eléctrica consumida y los alquileres devengados durante los últimos doce meses. En esta oportunidad coincide con el año calendario 2014.
Desde el organismo que conduce Ricardo Echegaray precisaron que el trámite se debe efectuar con clave fiscal a través de la página web oficial, accediendo al servicio "Sistema Registral", opción "Registro Tributario", "Monotributo" y seleccionando la opción "Recategorización".
Así, con el propósito de facilitar la tarea, el fisco puso a disposición de los pequeños contribuyentes una "reformulada guía interactiva para ver el paso a paso del proceso de recategorización". Para acceder a la misma haga clic aquí.
Además, a fines de enero, los pequeños contribuyentes que se ubiquen en la categoría F o superior deberán informar la energía eléctrica consumida y los alquileres cancelados durante el último cuatrimestre (septiembre a diciembre pasado).
Todo será confrontado contra indicadores de la situación fiscal respectiva que la AFIP posee en su base de datos sobre los distintos monotributistas. Entre ellos se destacan:
- Consumos en tarjetas de crédito y débito.
- Movimientos bancarios.
- Declaraciones patrimoniales.
- Pago de cuotas de colegios privados.
- Inversiones en fideicomisos.
A estos fines, vale tener presente que el marco legal vigente establece que los pequeños contribuyentes, obligados por el régimen de información que reduzcan su facturación a menos del límite de facturación establecido por ley, igualmente deberán seguir informando, durante dos años más, los datos solicitados.
Informar las facturas existentesEn igual sentido, el fisco nacional ya habilitó para los monotributistas el servicio denominado "Autorización de Impresión de Comprobantes".
Para ello, los interesados deben ingresar al sitio web de la AFIP utilizando la "Clave Fiscal" habilitada con Nivel de Seguridad 2.
Los monotributistas deberán cumplir con esta obligación antes del 31 de marzo. De no hacerlo, podrán ser sancionados por no presentar las respectivas declaraciones juradas informativas.
Una vez dentro del servicio "Autorización de Impresión de Comprobantes", se debe ingresar a la opción"Régimen de Información de comprobantes en existencia".
Luego se debe hacer clic en la opción "Consultas de comprobantes anulados":
Una vez dentro de la opción, se debe acceder al apartado "Agregar comprobantes". Allí se debe detallar los talonarios de facturas que aún se encuentran en su poder detallando los siguientes datos:
- Tipo de comprobante.
- Punto de venta.
- Desde (número de comprobante inicial).
- Hasta (número de comprobante final).
Declaración jurada sobre la salud
Por último, el organismo a cargo de Ricardo Echegaray publicó en su página web una breve guía para completar el trámite paso a paso para informar a la ANSES el grupo familiar. Para acceder a la misma haga clic aquí.
Más precisamente, en el instructivo, la AFIP explica qué pasos se deben seguir para informar el grupo familiar primario:
- Ingresar al Sistema Registral”, opción “Registro Tributario”, ítem “Monotributo”.
- Seleccionar la opción "Modificación".
- Tildar la opción “Sí” en “Posee grupo familiar”.
- Al hacerlo se habilitará la opción “Agregar Integrantes” y solicitara el número de documento.
- No se debe tildar la opción "Adhiere a la Obra Social", si el grupo familiar no utiliza actualmente la obra social.
Por último, desde el organismo recaudador advirtieron que "mientras no se cumpla con la presentación de la declaración jurada de salud, o si la declaración contiene falsedades o reticencias, la afiliación no producirá efecto alguno a los fines de la obtención del retiro por invalidez o pensión por muerte del afiliado en actividad".
Fuente: IProfesional
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